El TS afirma que el permiso por matrimonio que se celebre en festivo empezará a contar el primer día laborable siguiente

Somoza Abogados & Asociados

El Tribunal Supremo ha dictaminado que los permisos laborales, como el permiso por matrimonio, se aplican a días laborables para garantizar su propósito de permitir la ausencia del trabajo. Esto se fundamenta en la naturaleza de los «permisos retribuidos», tal como se establece tanto en los convenios colectivos como en el Estatuto de los Trabajadores. Dado que en días festivos no hay obligación de trabajar, no es necesario solicitar estos permisos, lo que refuerza la idea de que los permisos están diseñados para ser utilizados en días laborables.

Por lo tanto, cuando el evento que justifica el permiso ocurre en un día no laborable, ya sea festivo o un día no laborable según el calendario, la lógica y la esencia misma del permiso dictan que este comience en el primer día laborable siguiente. La sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2018 también estableció que el inicio del disfrute de estos permisos no puede ser en un día festivo, sino en el primer día laborable posterior al evento que da lugar al permiso.

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